Un Certificado de Ahorro Energético (CAE) es un documento electrónico que garantiza que, tras llevar a cabo una actuación de eficiencia energética, se ha conseguido un nuevo ahorro de energía final equivalente a 1 kWh. De esta forma, si se acomete una actuación que implica un nuevo ahorro anual de 500 kWh, se podrán obtener 500 CAE.
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Objetivo de la de verificación de certificados CAE:
Las actuaciones que se hayan ejecutado a partir del 26 de enero del 2023 (incluido) y que cumplan con los requisitos establecidos por la Directiva de Eficiencia Energética y por el resto de normativa2 serán susceptibles de generar CAE.
Solamente podrán solicitar la emisión de CAE los sujetos obligados y los sujetos delegados, tras haber obtenido previamente un dictamen de verificación favorable emitido por un verificador de ahorro energético para la actuación o actuaciones correspondientes a la solicitud.
Estas actuaciones podrán ser estandarizadas (aquellas fácilmente replicables incluidas en el Catálogo) o singulares (aquellas más complejas o particulares, no incluidas en el catálogo).
La solicitud de emisión de CAE deberá realizarse a través de la plataforma electrónica del Sistema de CAE, actualmente en desarrollo. El Gestor Autonómico analizará el expediente de la solicitud de emisión y, en su caso, emitirá los CAE correspondientes. El Coordinador Nacional inscribirá los CAE emitidos en el Registro Nacional. Una vez inscritos, los CAE podrán ser vendidos, comprados y liquidados contra una obligación de ahorro.
El Sistema de CAE surge por la necesidad de generar nuevos ahorros de energía a través de la realización de proyectos de eficiencia energética y, de ese modo, que España cumpla con las obligaciones adquiridas con la UE a través de la Directiva de Eficiencia Energética. Además, nace con el espíritu de facilitar la inversión en tecnologías de eficiencia energética impulsando un mercado en este sector
Con la aprobación de este sistema, se crea un mercado en el que los sujetos obligados podrán comprar ahorros a aquellos que realicen proyectos donde se consigan esos ahorros para su posterior certificación, o bien podrán comprar directamente CAE a otros sujetos obligados o a sujetos delegados. El resultado final es que los sujetos obligados cumplen con su obligación legal de ahorro energético, pero alternativamente a la realización de una aportación económica al Fondo Nacional de Eficiencia Energética, ahora también pueden, de forma voluntaria, liquidar los CAE que generen o consigan en el mercado para cumplir con dicha obligación.
El sistema se establece a través de real decreto, conforme a lo previsto en la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, y se desarrolla por varias órdenes disponibles en el apartado de normativa.
Por un lado, mejorar los indicadores económicos de la inversión haciéndola aún más atractiva (incentivando, por ende, que se realicen más inversiones parecidas en sostenibilidad) y, por otro lado, agilizar la llegada de las ayudas económicas externas que complementen el ahorro económico logrado por la propia inversión tecnológica.
Dejemos espacio, por lo general, para obtener y asegurar cualquier ayuda o subvención aplicable a estos proyectos, implica unos plazos muy extensos (desde la asignación de los fondos necesarios, la publicación de las bases, la adjudicación de las ayudas y, por último, la entrega). Además, los criterios requeridos implican que no todos pueden acceder a esas subvenciones.
Continuamos, los CAEs disminuirán esos plazos de manera significativa y estarán disponibles para cualquier individuo o empresa que lleve a cabo proyectos de Eficiencia Energética. Es, en consecuencia, una democratización de las oportunidades de ayuda y subvención.